
Si eres trabajador en México y estás por recibir tu prima vacacional, seguramente te preguntas cuánto te van a retener de ISR y cómo puedes reducir legalmente ese impuesto. La clave está en la Prima Vacacional Exenta de ISR, un beneficio fiscal que, aplicado correctamente, puede incrementar tu ingreso neto. En este artículo te presentamos un caso práctico detallado para que aprendas a calcular el monto exento y el impuesto a pagar usando la UMA 2026.
Entender este cálculo es fundamental para no pagar de más al SAT. Muchos empleados desconocen que una parte de su prima vacacional está exenta, y al no aplicarla, terminan con una retención mayor a la debida. A continuación, te guiamos con un ejercicio real para que domines el proceso.
📌 Puntos Legales Clave:
- La exención de ISR en prima vacacional se calcula con el valor diario de la UMA 2026 (no con el salario del trabajador).
- El tope máximo exento equivale a 15 días de UMA, sin importar cuántos días de vacaciones te correspondan.
- La parte que exceda el límite de 15 UMAS se grava como ingreso ordinario y está sujeta a retención de ISR.
- Tu empleador está obligado a aplicar esta exención en el cálculo del Impuesto Sobre la Renta.
¿Qué es la Prima Vacacional Exenta de ISR?
La prima vacacional es una prestación laboral que equivale al 25% del salario que recibes durante tus días de vacaciones. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que una parte de este ingreso está exenta de ISR, siempre que no exceda el equivalente a 15 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Este beneficio busca proteger el poder adquisitivo de los trabajadores durante su periodo de descanso.
Para 2026, el valor diario de la UMA es de $108.57 pesos (valor estimado basado en inflación proyectada; consulta el valor oficial del INEGI). Por lo tanto, el tope exento diario es de 15 UMAS: 15 x $108.57 = $1,628.55 pesos. Este es el monto máximo que puedes recibir libre de impuestos por concepto de prima vacacional.
Caso Práctico: Calcula tu Prima Vacacional Exenta
Imaginemos a un trabajador llamado Luis, quien labora en una empresa en la Ciudad de México. Luis tiene un sueldo mensual de $15,000 pesos y le corresponden 12 días de vacaciones por su antigüedad. Vamos a calcular su prima vacacional y la parte exenta de ISR paso a paso.
Paso 1: Calcular el Salario Diario
Primero, obtenemos el salario diario de Luis. Dividimos su sueldo mensual entre 30 días:
$15,000 / 30 = $500 pesos diarios.
Paso 2: Calcular los Días de Vacaciones y la Prima Vacacional
Luis tiene derecho a 12 días de vacaciones. La prima vacacional es el 25% del salario que recibiría durante esos días:
Salario por vacaciones = $500 x 12 días = $6,000 pesos
Prima vacacional bruta = 25% de $6,000 = $1,500 pesos.
Paso 3: Determinar el Monto Exento con la UMA 2026
El tope exento se calcula con la UMA, no con el salario del trabajador. El límite es de 15 UMAS diarias. Para 2026:
15 UMAS x $108.57 = $1,628.55 pesos.
Ahora comparamos la prima vacacional bruta ($1,500) contra el tope exento ($1,628.55). Como $1,500 es menor al tope, la totalidad de la prima vacacional de Luis está exenta de ISR. ¡No pagará un solo peso de impuesto por este concepto!

Paso 4: ¿Qué pasa si la prima vacacional excede el tope?
Supongamos a otra trabajadora, María, con un salario diario de $1,200 pesos y 15 días de vacaciones. Su prima vacacional bruta sería:
Salario por vacaciones = $1,200 x 15 = $18,000 pesos
Prima vacacional bruta = 25% de $18,000 = $4,500 pesos
El tope exento sigue siendo el mismo: $1,628.55 pesos. En este caso, la parte exenta es de $1,628.55 y el excedente de $2,871.45 ($4,500 – $1,628.55) se considera ingreso gravable. La empresa deberá retener el ISR correspondiente sobre ese monto, según la tabla del artículo 96 de la LISR.
¿Cómo Afecta la UMA 2026 a tu Cálculo?
Es crucial entender que la base para la exención es la UMA, no tu salario. Por eso, trabajadores con sueldos altos suelen ver una parte de su prima vacacional gravada, mientras que quienes ganan menos del tope de 15 UMAS diarias (aproximadamente $3,257 pesos diarios) pueden quedar totalmente exentos. Para una guía más detallada, consulta nuestra Guía Definitiva para Calcular la Prima Vacacional Exenta de ISR con UMA 2026.
¿Debe tu Patrón Retenerte ISR?
Sí, el patrón está obligado a calcular y retener el ISR sobre la parte gravable de tu prima vacacional. Si el cálculo no se hace correctamente, podrías tener problemas al presentar tu declaración anual. Asegúrate de revisar tu recibo de nómina (CFDI) para verificar que el monto exento esté correctamente registrado en el campo “Prima vacacional exenta”.
¿Qué Hacer si el Cálculo es Incorrecto?
Si detectas que tu empleador no aplicó la exención correctamente, puedes solicitar una corrección a través del área de Recursos Humanos. En caso de negativa, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para asesoría. Para afinar tu entendimiento, te recomendamos leer también Calcula la Exención de ISR en Prima Vacacional y PTU con la UMA 2026.
💡 Resumen del Trámite
Conclusión: La parte exenta de tu prima vacacional es la menor entre el 25% de tu salario por días de vacaciones y el equivalente a 15 UMAS diarias (tope de $1,628.55 para 2026). En nuestro caso práctico con Luis, su prima vacacional de $1,500 quedó totalmente exenta. Siempre verifica tu recibo de nómina para asegurarte de que el cálculo sea correcto.
Preguntas Frecuentes
¿La prima vacacional exenta aplica para todos los trabajadores?
Sí, aplica para todos los trabajadores que reciban prima vacacional, independientemente de su régimen de contratación (sueldos y salarios). El beneficio es universal, pero el monto exento varía según el salario y los días de vacaciones.
¿Puedo acumular la exención de prima vacacional con otras exenciones?
Sí, la exención de prima vacacional es independiente de otras exenciones, como la del aguinaldo (hasta 30 UMAS). Ambas se calculan por separado en tu declaración anual.
¿Qué pasa si recibo más de 15 días de vacaciones?
El tope de 15 UMAS sigue siendo el mismo. Aunque tengas 20 o 30 días de vacaciones, el monto exento de tu prima vacacional no puede exceder las 15 UMAS. El excedente se grava como ingreso ordinario.
Redactado por C.P. Ana Torres
Especialista en Contadora y Asesora Laboral en Calculadora Laboral. Analizando tendencias en México desde 2019.
✨ Datos verificados con Diario Oficial de la Federación (DOF)