
Comprender cuántas aguinaldo libre de impuestos te corresponde es fundamental para planificar tus finanzas de fin de año. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece un monto exento del pago de ISR sobre tu aguinaldo, y este límite se calcula en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Conocer el valor exacto de la UMA para el año en curso es el primer paso para determinar correctamente tu beneficio neto.
Para el año 2026, el valor oficial de la UMA, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y utilizado por el SAT, es de $117.31 pesos diarios, lo que equivale a $3,566.22 mensuales y a $42,794.64 anuales. Utilizando esta cifra, podemos calcular con precisión el tope de la exención fiscal aplicable a tu prestación.
📌 Puntos Legales Clave:
- El equivalente a 30 días de salario mínimo está exento de ISR, pero se expresa en UMA.
- Para 2026, el límite de exención es de 3,519.30 pesos (30 x $117.31 UMA diaria).
- Solo el excedente de este monto está sujeto a retención del Impuesto sobre la Renta.
¿Cómo se calcula la parte exenta?
El Artículo 93, Fracción VII de la LISR señala que está exento del impuesto “el equivalente a 30 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, elevado al año”. Sin embargo, desde 2026, este cálculo ya no se hace con el salario mínimo directamente, sino que se utiliza la UMA como unidad de cuenta. Por lo tanto, debes multiplicar 30 por el valor diario de la UMA vigente.
Así, para el año 2026, el cálculo es directo: 30 (días) x $117.31 (valor diario de la UMA) = $3,519.30 pesos. Esta es la cantidad máxima de tu aguinaldo que puede recibir el tratamiento de aguinaldo libre de impuestos. Si tu aguinaldo bruto es igual o menor a esta cifra, no se te retendrá nada de ISR.
Ejemplo práctico de cálculo con UMA
Supongamos que tu aguinaldo bruto correspondiente a 2026 es de $15,000 pesos. El procedimiento para saber cuánto pagarás de impuestos es el siguiente:
- Identifica la parte exenta: $3,519.30 (30 UMAS diarias).
- Calcula la base gravable: Resta la parte exenta del total bruto. $15,000 – $3,519.30 = $11,480.70.
- Aplica la retención: Sobre los $11,480.70, tu empleador calculará y retendrá el ISR correspondiente según la tabla mensual del SAT.
El resultado final es que recibirás $15,000 menos el ISR retenido de la parte gravable ($11,480.70). La parte exenta ($3,519.30) llega íntegra a tu bolsillo.
Valor UMA: Calculadora de Multas y Sanciones
Ingresa las UMAS de tu infracción y obtén el monto exacto en pesos mexicanos según el valor vigente del INEGI.
¿Qué pasa si mi aguinaldo es menor a 30 UMAS?
Si el monto total de tu aguinaldo es inferior al límite de exención de $3,519.30 pesos, la situación es muy favorable. En este caso, la totalidad de tu prestación está libre del pago de ISR. No habrá retención alguna, por lo que el depósito que recibas será el monto completo que te otorgó tu empleador. Este es un escenario común para salarios más bajos o para empleados con menos de un año de antigüedad que reciben un aguinaldo proporcional.
🛑 La UMA en otros contextos fiscales
La UMA no solo es relevante para el aguinaldo. Esta unidad de medida se utiliza en múltiples ámbitos fiscales y legales, como el cálculo de multas, créditos Infonavit o la regularización de deudas antiguas. Para cada caso, existe una metodología específica de cálculo.
Por ejemplo, si necesitas calcular una multa de tránsito expresada en UMAS, o entender el valor de un adeudo histórico, es crucial usar la herramienta adecuada. Para multas y sanciones del SAT que se calculan en UMAS, puedes utilizar nuestra calculadora especializada.
Actualizador de Deudas UMA
Convierte cualquier monto histórico a su valor actual en pesos, considerando la inflación acumulada desde la fecha de origen hasta hoy mediante la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Datos de la Deuda
⚠️ En días inhábiles (sábados, domingos o festivos), se usa el último valor UMA publicado por INEGI.
💡 Resumen del Trámite
Conclusión: Para 2026, los primeros $3,519.30 pesos de tu aguinaldo (equivalente a 30 veces la UMA diaria de $117.31) están exentos de ISR. Solo el excedente de esta cantidad está sujeto a retención. Verifica el valor oficial de la UMA cada año, ya que se actualiza, y revisa tu recibo de nómina para confirmar que la retención aplicada por tu empleador es correcta.
Preguntas Frecuentes
¿La exención es por aguinaldo o por año?
La exención aplica por cada pago de aguinaldo que recibes. Si por alguna razón recibes dos aguinaldos en un mismo año (por cambio de empleo, por ejemplo), el límite de exención se aplica de manera independiente a cada pago. No es un límite anual acumulable.
¿Los días de aguinaldo extras (más de 30) también están exentos?
No. La ley solo exenta el equivalente a 30 días de salario mínimo, calculado en UMA. Cualquier día de aguinaldo adicional que otorgue tu empresa por encima de lo legal (30 días) forma parte de la base gravable desde el primer peso, una vez superado el límite de los $3,519.30.
¿Dónde puedo verificar el valor oficial de la UMA?
El valor se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y está disponible en el portal oficial del INEGI. Para consultas y trámites fiscales, el SAT también utiliza este valor en todos sus sistemas. Es importante que siempre confirmes con la fuente oficial para el año específico de tu cálculo.
Redactado por C.P. Ana Torres
Especialista en Contadora y Asesora Laboral en Aguinaldo. Analizando tendencias en México desde 2019.
✨ Datos verificados con Diario Oficial de la Federación (DOF)