
El reparto utilidades CFDI no es un mito, sino una obligación fiscal y laboral que debes cumplir correctamente en México. Si eres patrón, el incumplimiento puede derivar en multas del SAT por no emitir el CFDI de nómina correcto durante el pago de la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades). La clave está en timbrar y registrar el pago como un concepto específico dentro de tu comprobante de nómina electrónica (CFDI 4.0) para evitar sanciones y asegurar que tu trabajador pueda cobrar su derecho.
Este artículo es una guía derivada de “Guía Práctica para Calcular PTU y Utilidades con la UMA 2026”. Aquí nos enfocamos exclusivamente en el cómo emitir el CFDI por el pago de utilidades, los catálogos de nómina a usar y el cálculo de días que la autoridad exige considerar.
📌 Puntos Legales Clave:
- El CFDI por reparto de utilidades debe emitirse con una clave específica del catálogo SAT (clave “Pago Utilidades”).
- El pago de PTU es acumulable para el ISR del trabajador, pero tiene un tope exento de 15 UMAS anuales (calculado con la UMA 2026).
- No omitir el timbrado del CFDI de nómina por PTU expone al patrón a multas del SAT que van de $1,400 a $2,800 por cada CFDI omitido.
¿Qué es el CFDI de Reparto de Utilidades?
El CFDI de nómina electrónica por reparto de utilidades es el comprobante fiscal digital que todo patrón debe expedir para acreditar legalmente el pago de la PTU a sus trabajadores. No es un recibo de honorarios ni un pago independiente; debe incluirse como un tipo de percepción dentro del CFDI de nómina (versión 4.0).
Clave de Percepción en el CFDI 4.0
Para emitirlo, debes usar la Clave de Percepción “045” del catálogo del SAT: “Pago Utilidades”. Esta clave debe capturarse en el campo TipoPercepcion dentro de tu sistema de nómina o proveedor de facturación. Si usas una clave genérica (como “001 – Sueldos, Salarios Rayas y Jornales”), el SAT rechazará el timbrado o te cancelará el CFDI.
¿Se Timbra en el CFDI de Nómina o en Uno Independiente?
El pago debe timbrarse dentro del CFDI de nómina correspondiente al período en que se realiza la liquidación de la PTU. No se emite un CFDI independiente; todo está integrado en el mismo comprobante electrónico de nómina. El SAT establece un solo folio fiscal por cada periodo de pago, y el reparto de utilidades es una percepción más dentro de ese período.

Pasos para Emitir el CFDI por Reparto de Utilidades
El proceso es simple si se siguen los parámetros correctos del SAT. A continuación, desglosamos los pasos prácticos:
1. Calcula el Monto Exento
De acuerdo con la LISR (artículo 93, fracción IV), el trabajador no pagará ISR por las utilidades recibidas hasta por el equivalente a 15 UMAS anuales. Para 2026, la UMA diaria se estima (es preciso revisar el INEGI), pero el cálculo es: 15 UMA anuales = 15 * (UMA diaria * 365). Este monto exento se captura en el campo Exento del CFDI.
2. Captura el Monto Gravado
El excedente de las 15 UMAS se captura en el campo Gravado y está sujeto al cálculo de ISR conforme a la tarifa del artículo 96 de la LISR. El patrón debe retener el ISR correspondiente y enterarlo al SAT.
3. Timbrado y Envío
Una vez capturados los montos (percepción “045” con sus partes gravada y exenta), se timbra el CFDI de nómina. En ese mismo comprobante debe aparecer el pago efectivo (o depósito) realizado al trabajador. Recuerda: el CFDI debe emitirse a más tardar el día del pago.
💡 Resumen del Trámite
Conclusión: El CFDI por reparto de utilidades debe emitirse con la clave de percepción “045 – Pago Utilidades”, respetando el tope exento de 15 UMAS anuales. El patrón debe timbrar el CFDI de nómina el mismo día del pago. Incumplir genera multas del SAT y problemas fiscales con el trabajador.
Preguntas Frecuentes
- ¿Puedo emitir el CFDI de utilidades si el trabajador ya no está en la empresa?
Sí. Aunque el trabajador haya causado baja, el patrón está obligado a pagar la PTU generada durante el ejercicio fiscal en que laboró. El CFDI debe emitirse a nombre del trabajador, como si estuviera activo, usando su RFC y datos de nómina. - ¿Qué pasa si el SAT me rechaza el timbrado por usar clave incorrecta?
El rechazo genera una pérdida del folio fiscal y la obligación de modificar el CFDI. Debes corregir la clave de percepción y retimbrar dentro del mismo período. Si no lo haces, se considera omisión y puedes obtener multas de hasta $2,800 por cada CFDI faltante. - ¿El reparto de utilidades se considera ingreso exento para el ISR?
No todo. Solo el equivalente a 15 UMAS anuales está exento. El excedente es gravable y debe retenerse el ISR correspondiente. Para 2026, verifica el valor exacto de la UMA diaria en el INEGI para calcular el límite exacto.
Redactado por C.P. Ana Torres
Especialista en Contadora y Asesora Laboral en Reparto De Utilidades. Analizando tendencias en México desde 2019.
✨ Datos verificados con Diario Oficial de la Federación (DOF)