En Modalidad 40 puedes cotizar por el monto que quieras, sin tope.
Modalidad 40 y qué hacer si superas el tope
Conocer las opciones reales y sus límites.
Ya completaste esta lección. Puedes repetirla cuando quieras.
La continuación voluntaria en el régimen obligatorio —conocida como Modalidad 40— permite seguir cotizando después de dejar un empleo, con la idea de mejorar el promedio de las últimas 250 semanas que determina la pensión en Ley 73.
Está sujeta al mismo techo que vimos: no se puede cotizar por encima de 25 UMA, o sea $2,932.75 diarios en 2026. Las cuotas corren por tu cuenta y el trámite se hace ante el IMSS.
Si tu sueldo supera el tope, estas son las tres cosas que conviene hacer, en este orden:
Verifica tu SBC real. Pide tu constancia de semanas cotizadas o revisa tu recibo. Un SBC registrado por debajo del que te corresponde sí es un problema, y ese se reclama.
Revisa tu régimen. Saber si te aplica Ley 73 o Ley 97 cambia por completo la estrategia, y la fecha de tu primera cotización es el dato que lo define.
Considera el ahorro voluntario. Si tu pensión quedará calculada sobre el tope y no sobre tu sueldo, la diferencia tienes que cubrirla tú.
Una advertencia honesta: decidir si te conviene la Modalidad 40, cuánto aportar o cuándo hacerlo depende de tu historia laboral completa. Eso se revisa con el IMSS o con un especialista en seguridad social, no con una calculadora.
Ordena los pasos si descubres que tu sueldo supera el tope.
- Verificar tu SBC real en la constancia del IMSS
- Revisar qué régimen te aplica, Ley 73 o Ley 97
- Evaluar aportaciones voluntarias o Modalidad 40
Tu patrón te registra hasta el tope y no más. ¿Está incumpliendo la ley?
¿Quién puede decirte si te conviene la Modalidad 40?