¿Qué artículo de la Ley del ISR usa el valor ANUAL de la UMA?
El error del valor anual
No confundir el artículo 93 con el 151, que es donde sí manda el anual.
Ya completaste esta lección. Puedes repetirla cuando quieras.
Esta lección existe porque es la confusión más cara de toda la materia fiscal de la UMA, y es un error que incluso comete gente que trabaja con esto.
El artículo 93 habla de veces la UMA en su valor diario, no anual. Con el valor diario de 2026, 30 UMA son $3,519.30. Con el anual serían $1,283,839.20, una cifra que no corresponde a ninguna exención de aguinaldo que exista.
Entonces, ¿dónde manda el valor anual? En otro artículo: el 151, que topa las deducciones personales de tu declaración anual. Ese tope es el menor de dos montos: 5 UMA anuales —$213,973.20 en 2026— o el 15 % de tus ingresos totales, lo que resulte menor.
Fíjate en la diferencia de fondo. El artículo 93 exenta prestaciones puntuales y usa el valor diario; el 151 topa un acumulado del ejercicio y usa el anual. La pista está en el propio texto: cuando una norma habla de un límite «del ejercicio» o «anual», corresponde el valor anual.
Y hay una tercera trampa relacionada: la exención por venta de casa habitación no está en UMA sino en UDI. Quien la calcula con UMA obtiene un resultado que no se parece en nada al correcto.
¿Cuánto son 5 UMA anuales en 2026? (Es el tope de deducciones personales del art. 151.)
El valor anual de la UMA 2026 es $42,794.64. Multiplícalo por 5.
Cuando una norma fiscal habla de un límite "del ejercicio" o "anual", corresponde usar el valor de la UMA.
La exención por vender tu casa habitación se calcula en UMA.